De acuerdo al artículo 36° de los estatutos del Club, usted como socio titular puede otorgar poder únicamente a su cónyuge inscrito. El formato para otorgar el poder lo puede encontrar en la página www.clubguaymaral.com.co o en la página www.asambleaguaymaral.com .
Los poderes deberán ser enviados al email junta@clubguaymaral.com.co hasta el día 22 de abril a las 3:00 p.m.
Importante
Usted no podrá ingresar a la Asamblea de Socios a través de esta página web. El propósito de este portal es informativo y de soporte técnico.
Usted podrá acceder a la Asamblea de Socios a través del enlace que recibirá en su correo electrónico registrado en la base de datos del Club. En caso de necesitar asistencia, por favor contactar a: